En el BON nº 250 de 30 de diciembre de 2016, se ha publicado la Ordenanza reguladora del paisaje protegido de las huertas, que tiene por objeto regular las condiciones particulares de la zona de las huertas, de acuerdo al Plan Urbanístico Municipal.
Esta Ordenanza tiene como finalidad regular las construcciones en las huertas, los cerramientos de estas y los deberes de los propietarios en la conservación de cerramientos y en la limpieza de reajos.
– CONSTRUCCIONES.
Se permiten la construcción de casetas en las huertas, ocupando una superficie de 60m2, de los cuales pueden estar cerrados como máximo 45m2, siendo el resto de porche abierto. Deben estar construidas a una distancia mínima del lindero que separa de la carretera y no se pueden construir sobre linderos.También se recoge la altura máxima y el tipo de planta.
Hay una serie de prohibiciones para estas casetas, como instalar «mobil home», caravanas, conexión a la red eléctrica general, etc…
– CERRAMIENTOS DE PARCELA
Se especifica la altura y el tipo de cerramiento, así como el nº de accesos a la finca, las medidas de estos y de que tipo tienen que ser.
Se establece el plazo de 1 año desde la publicación del BON, para que los propietarios tengan instalada puertas de madera o material imitación de madera de color marrón.
– DEBERES
Deber de conservación de los cerramientos y los reajos.
Los reajos que no se encuentren limpios de hojas, ramas o cualquier material que obstruya el paso del agua serán limpiados por el Ayuntamiento, cobrando 20 € al titular de la finca