Usamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia como usuario. Al hacer clic en cualquier enlace de este sitio web usted nos está dando su consentimiento para la instalación de las mismas en su navegador.
Más información

Acuerdos del Pleno del 11 de noviembre de 2016

1- Adhesión al «Consorcio Escolar de Mendialdea» de Santa Cruz de Campezo
Por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Campezo se han iniciado los trámites para la constitución de un Consorcio Escolar denominado Medialdea que trata de dotar de base jurídica a la actual Junta Económica de Centros Escolares, que agrupa a los municipios navarros y alaveses que escolarizan en dicho municipio a sus alumnos.

El Ayuntamiento de Zúñiga, en coordinación con el resto de municipios navarros afectados, ha mantenido reuniones y conversaciones con la Dirección General de Educación y de Administración Local del Gobierno de Navarra, a fin de analizar y estudiar la legalidad y alcance jurídico y económico de la Constitución y posterior adhesión al citado consorcio escolar, sin que se haya apreciado la existencia de obligaciones distintas y vinculaciones adicionales a las existentes en relación con la actual forma de Junta Económica de Centros Escolares.

La adhesión se configura una fase inicial que culminará con la aprobación de los Estatutos del Consorcio Escolar.

En consecuencia, visto lo anterior, SE ACUERDA:

Primero.- Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de Zúñiga al “Consorcio Escolar de Medialadea”.

Segundo.- Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Santa Cruz de Campezo a los efectos oportunos.

Estatutos Consorcio Mendialdea

2 Aprobar la alegación formulada por D. Pedro María Oteiza Díaz, en relación con el art. 4.1 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Paisaje Protegido de las Huertas

El 2 de septiembre de 2016, el Pleno aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora del paisaje protegido de las Huertas, y fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 178 del 14 de septiembre de 2016, al objeto que una vez examinado por los interesados, se formulen observaciones, reparos o alegaciones.

El 28 de septiembre de 2016, por don Pedro María Oteiza Díaz, Alcalde-Presidente, dentro del plazo concedido a tal efecto, ha formulado una alegación al art. 4.1 de la citada municipal, proponiendo la siguiente redacción al texto aprobado inicialmente:

4.1 Cerramiento sobre el lindero hacía la carretera.

 El cerramiento a la parcela sobre la alineación oficial situada sobre la carretera tendrá una altura máxima de 1,40 metros, medido en todos y cada uno de los puntos de la alineación oficial, se construirá de mampostería.

Podrá abrirse dos accesos a la finca, una para la entrada de vehículos que tendrá una anchura máxima de 3,00 metros y no sobrepasará la altura del cerramiento, y otra para la entrada principal de personas que tendrá una anchura máxima de 1,50 metros y una altura máxima de 2 metros. Tendrán instaladas puertas de madera o material de imitación de color marrón.

En consecuencia, y visto lo anterior, SE ACUERDA:

Primero.- Aprobar la alegación formulada por don Pedro María Oteiza Díaz, en relación con el art. 4.1 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Paisaje Protegido de las Huertas, con la siguiente redacción:

“4.1 Cerramiento sobre el lindero hacía la carretera.

 El cerramiento a la parcela sobre la alineación oficial situada sobre la carretera tendrá una altura máxima de 1,40 metros, medido en todos y cada uno de los puntos de la alineación oficial, se construirá de mampostería.

 Podrá abrirse dos accesos a la finca, una para la entrada de vehículos que tendrá una anchura máxima de 3,00 metros y no sobrepasará la altura del cerramiento, y otra para la entrada principal de personas que tendrá una anchura máxima de 1,50 metros y una altura máxima de 2 metros. Tendrán instaladas puertas de madera o material de imitación de color marrón.”

Segundo.- Aprobar definitivamente la Ordenanza Municipal Reguladora del Paisaje Protegido de las Huertas, y proceder a la publicación del texto íntegro de la misma el el Boletín Oficial de Navarra y en la página web del Ayuntamiento de Zúñiga.

Alegación a la Ordenanza del Paisaje Protegido de las huertas

3 Modificación Presupuestaria 4/2016. Suplemento de Crédito

Se precisa la financiación de los siguientes gastos de trabajos previos a la re-forestación que se van a realizar en la zona de gestión forestal.

Gastos.-

GASTOS
Previos a reforestación:
FACTURAS
1122016 44622363V DAVID GIL PINILLOS 2088,14 Pendiente
40/2016 B71050694 Javier Ulzugarai S.L.U 8478,25 Pagado
201606 15253998F Antonio Illán Zablaza 825 Pagado
11391,39
Reforestación
201608 15253998F Antonio Illán Zablaza 770 Pagado

 Examinado el expediente de concesión de suplemento de crédito 4/2016.

Considerando que de conformidad con lo establecido en el art. 213 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, los créditos extraordinarios y suplementos de crédito, se podrán financiar indistintamente con cargo al remanente líquido de tesorería, con nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en el Presupuesto corriente, o mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del respectivo servicio. Considerando que los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito también podrán financiarse con operaciones de crédito cuando se destinen a gastos de inversión.

Considerando que siempre que se reconozca por el Ayuntamiento Pleno la insuficiencia de otros medios de financiación, y mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta, se considerarán recursos efectivamente disponibles para financiar nuevos o mayores gastos por operaciones corrientes que sean expresamente declarados necesarios y urgentes, los procedentes de operaciones de crédito en que se las condiciones previstas en el art. 213.3 de la Ley que nos ocupa.

Considerando que la aprobación de los expedientes de concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito exigen informe previo de la Intervención municipal de fondos y aprobación del Pleno de la Corporación, con sujeción a los mismos trámites y requisitos sobre información, reclamación y publicidad que el Presupuesto municipal, de conformidad con lo establecido en el art. 214 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Considerando que, de conformidad con lo establecido en el art. 202.1 de la Ley Foral que nos ocupa el acuerdo de aprobación inicial debe exponerse al público por plazo mínimo de quince días hábiles, mediante anuncios en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento para que los vecinos puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Considerando que el mismo artículo establece que las reclamaciones presentadas deberán ser resueltas por el Ayuntamiento Pleno que acordará, al mismo tiempo la aprobación definitiva del expediente de concesión de suplemento de crédito.

Considerando que en el supuesto de que no se presenten reclamaciones no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo, extendiéndose a tales efectos certificación acreditativa de tal extremo por la Secretaría General.

Visto lo anterior, Se acuerda:

Primero.- La aprobación inicial del expediente de concesión de suplemento de crédito según el siguiente detalle:

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

PARTIDA DENOMINACION IMPORTE
1   1721 60000 MEJORAS FORESTALES 11.391,38
TOTAL MODIFICACIONES 11.391,38

Segundo.- El incremento de gasto propuesto se financia mediante con nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en el Presupuesto corriente según el siguiente detalle:

 FUENTES DE FINANCIACIÓN

PARTIDA DENOMINACION IMPORTE
1   8700001 REMANENTE PARA REC. AFECTADOS 4.571,25
1   4508006 SUBV. GOB. DE NAVARRA MEJORAS FORESTALES 6.820,13
TOTAL FUENTES DE FINANCIACIÓN 11.391,38
CON CARGO A REMANENTE DE TESORERÍA 4.571,25

Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento para que los vecinos puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes, durante los quince días hábiles siguientes a la publicación.

Cuarto.- El presente acuerdo se entenderá elevado automáticamente a definitivo en el caso de que no se presenten reclamaciones durante la trámite de exposición al público.

4-Aprobación inicial del Presupuesto correspondiente al año 2017.

PRESUPUESTOS 2017
INGRESOS PREVISIONES
CAPITULO DENOMICANCIÓN INICIALES
1 Impuestos Directos 25.590,18
2 Impuestos Indirectos 1.000
3 Tasas, Precios Públicos y otros Ing. 4.120,66
4 Transferencias Corrientes 62.504,00
5 Ingresos Patrimoniales y Aprovechamientos 17.405,81
TOTAL 110.620,65
GASTOS
1 Gastos de Personal 35.423,75
2 Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 46.603,88
3 Gastos Financieros 900,17
4 Transferencias Corrientes 14.311,99
6 Inversiones Reales 600,00
9 Pasivos Financieros 8.245,99
TOTAL 106.085,78

Deuda viva a 29/10/2016: 98.157,77 euros.

Previsión deuda viva a 31/12/2016: 96.758,86 euros

Previsión de deuda viva a: 31/12/2017: 88.337,94 euros

Visto lo anterior, se ACUERDA:

Primero.- Aprobar el Presupuesto de gastos para el ejercicio de 2017 por importe de 106.085,78 euros, y un Presupuesto de ingresos para el ejercicio de 2017 por importe de 110.620,65 euros, cuyo resumen por capítulos figura en el Anexo de este acuerdo.

Segundo.- De conformidad con el artículo 271 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de Administración Local de Navarra, se expondrá en la Secretaria por el plazo de 15 días hábiles a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular alegaciones o reparos. Transcurrido dicho plazo sin que se formulen alegaciones o reparos quedará definitivamente aprobado.

Presupuesto 2017

5 Aprobación inicial de la plantilla orgánica correspondiente al año 2017

Por el Alcalde –Presidente se somete a la consideración del pleno la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Zúñiga.

Visto lo anterior, se acuerda:

Primero.- Aprobar inicialmente la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Zúñiga para el año 2017, con el siguiente detalle:

Puesto de Trabajo: Secretario. Nivel A. Jornada laboral: 57,14%. Complemento de puesto de trabajo: 20%. Antigüedad: 14/04/2007. Acceso: Concurso-Oposición. Régimen administrativo. Situación: Vacante.

Puesto de Trabajo: Ramón Hortelano Bermejo. Nivel A. Jornada Laboral: 57,14%. Complemento de puesto de trabajo: 20%. Antigüedad: 14/04/2007. Acceso: Concurso-Oposición. Régimen Administrativo.-

Segundo.-De conformidad con el artículo 236 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de Administración Local de Navarra, se expondrá en la Secretaria por el plazo de 15 días hábiles a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular alegaciones o reparos. Transcurrido dicho plazo sin que se formulen alegaciones o reparos quedará definitivamente aprobado.

BON 226 Aprobación inicial plantilla orgánica 2017

6 Aprobación del expediente de trabajos de «repoblación forestal en terrenos comunales del Ayuntamiento de Zuñiga»

El Ayuntamiento de Zúñiga procedió durante los años 2014 y 2015 a la realización de un aprovechamiento forestal de monte comunal en su termino municipal. El citado monte comunal está catalogado como de utilidad púbica, de conformidad con la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra.

El art. 67 de la citada ley foral dispone:

Los titulares, según el catalogo de Montes de utilidad pública, o protectores estarán obligados al cumplimiento exacto del plan de mejoras que para el monte establezca la Administración Forestal al autorizar los aprovechamientos. El valor de la inversión prevista en el plan de mejoras no será inferior al 20 por ciento del importe de los aprovechamientos”.

En el marco de dicha obligación legal del párrafo anterior, se enmarca la presente actuación de reforestación que viene a completar las actuaciones previas a la reforestación realizadas en el mes de octubre por importe de 11.391,38 euros y subvencionadas en parte por el Gobierno de Navarra.

En consecuencia, visto lo anterior, SE ACUERDA:

Primero.- Aprobar el expediente de trabajos de “repoblación forestal en terrenos comunales del Ayuntamiento de Zúñiga”.

Segundo.- Aprobar el proyecto de “ Repoblación forestal en terrenos comunales del Ayuntamiento de Zúñiga”, redactado por el Ingeniero de Montes, don Andoni Illan Zabalza.

Tercero.- Aprobar el Pliego de Cláusulas económico administrativas para la contratación de asistencia técnica, mediante el procedimiento negociado sin publicidad comunitaria, siendo el criterio el precio más ventajoso.

Cuarto.- Notifique se el presente acuerdo a la dirección de los trabajos, e incorpórese el presente acuerdo al expediente de su razón.